DECISIÓN CRÍTICA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LOS SOLICITANTES DE ASILO


DECISIÓN CRÍTICA DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LOS SOLICITANTES DE ASILO

Abogado Yasin Bilgehan Akalan
Especialista en Derecho Migratorio – Firma Legal Akalan

Estatua de la Diosa de la Justicia con los ojos vendados, sosteniendo una balanza y una espada, representando la imparcialidad legal y la justicia.

INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

La Corte Suprema de EE.UU. tomó una decisión con grandes consecuencias para la ley migratoria. El tribunal suspendió un fallo del Distrito de Massachusetts. Ese fallo bloqueaba al DHS de transferir personas a terceros países sin aviso ni debido proceso. La Corte Suprema sostuvo que esas órdenes nacionales exceden la autoridad de cortes menores. La decisión reabrió el debate: ¿pueden los solicitantes ser enviados a países con riesgo real de tortura?

I-FALLO DEL TRIBUNAL DE DISTRITO DE MASSACHUSETTS

I-FALLO DEL TRIBUNAL DE DISTRITO DE MASSACHUSETTS

1-Hechos

El 18 de abril de 2025, en DVD v. DHS, el tribunal decidió que DHS no podía enviar personas sin aviso escrito ni sin darles opción de expresar temor de tortura.

El primer demandante, O.C.G., era guatemalteco. Un tribunal de inmigración bloqueó su regreso a Guatemala por riesgo de persecución. A pesar de eso, DHS lo transfirió en secreto a México. Allí fue secuestrado y brutalmente agredido.

Otros casos siguieron. Algunos solicitantes fueron enviados hacia Sudán del Sur. DHS no dio aviso y los expuso a graves riesgos de seguridad. (Opinión del miembro del Tribunal) El 5 de julio de 2025, esas personas fueron voladas a Sudán del Sur. (Associated Press) DHS también planeó traslados a Libia, país con guerra y prácticas de tortura.

2-Demanda Colectiva

El caso se presentó como acción de clase. Aunque registrado como “D.V.D.”, representaba a muchos individuos. Los peticionarios venían de varias naciones pero enfrentaban la misma práctica ilegal. DHS ignoraba riesgos de tortura y no daba aviso previo.

3-Impugnación Legal

Los peticionarios argumentaron que la política de DHS era ilegal. Citaron la ley federal (FARRA §1242) y la Convención Contra la Tortura (CAT). Ambas prohíben devolver a alguien a un país donde corra riesgo de tortura.

4-Decisión

El tribunal detuvo la política de DHS a nivel nacional. Exigió aviso escrito antes de transferir. También exigió oportunidad de expresar miedo de tortura. Señaló que las violaciones repetidas de DHS justificaban un alivio amplio más allá de los demandantes nombrados.

5-Fundamentos Legales

EE.UU. ratificó CAT en 1994. Para cumplir, el Congreso aprobó leyes como FARRA en 1998. La sección 1242 prohíbe enviar a cualquier persona a un país donde la tortura sea probable. Eso coincide con el Artículo 3 de CAT.

 

POLITICAS DE DEPORTACION 2025 DE TRUMP

  

      Con el regreso del expresidente Donald J. Trump a la Casa Blanca, el gobierno federal ha lanzado una agresiva iniciativa de deportación masiva.

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II-PROCESO DE APELACIÓN

 

II-PROCESO DE APELACIÓN

Normalmente, la apelación va al Primer Circuito. Pero DHS presentó una solicitud de emergencia antes de concluir el proceso. Pidió a la Corte Suprema suspender la orden del Distrito de inmediato, alegando daño irreparable.

La Corte puede actuar en estos pedidos urgentes. Esas decisiones rápidas se conocen en medios como “shadow docket”.

Oficiales de policía en funciones, representando la aplicación de leyes migratorias en el contexto del poder ejecutivo y la deportación.
III. INTERVENCIÓN DE LA CORTE SUPREMA

III. INTERVENCIÓN DE LA CORTE SUPREMA

 

El 23 de junio de 2025, la Corte Suprema suspendió temporalmente la orden del Distrito. Indicó que las medidas nacionales pueden exceder autoridad de cortes menores. Sugirió limitar alivio solo a las partes del caso.

En resumen, la Corte no resolvió el fondo. Solo pausó la aplicación de la orden. Eso dio alivio temporal a DHS y redujo el debate sobre medidas amplias.

IV-PRÓXIMOS PASOS LEGALES

IV-PRÓXIMOS PASOS LEGALES

El Primer Circuito revisará el fallo del Distrito. Una orden se mantiene activa durante apelación salvo suspensión. Para suspenderla, DHS debe pedir primero al Distrito, luego al Circuito, y finalmente a la Corte Suprema.

Si el Primer Circuito confirma, la orden sigue. Si la revoca, se disuelve. Cualquiera puede luego pedir revisión a la Corte Suprema.

Si la Corte niega, el fallo del Circuito queda final. Si acepta, la aplicación dependerá otra vez de si hay suspensión.

En breve: las órdenes siguen vigentes durante apelaciones salvo suspensión.

 

TRUMP SUSPENDE LA GREEN CARD PARA LOS SOLICITANTES DE ASILO 

  

          Trump suspende la Green Card para solicitantes de asilo y refugiados bajo nuevas acciones migratorias. La medida prolongó los tiempos de espera y elevó el riesgo de rechazo.

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V-CONSECUENCIAS PARA SOLICITANTES DE ASILO

 

V-CONSECUENCIAS PARA SOLICITANTES DE ASILO

1-Protección Colectiva Reducida

Limitar medidas nacionales debilita la protección. Cientos deben presentar casos separados.

2-Vacíos de Seguridad

El principio de no devolución se debilita en práctica. Los solicitantes arriesgan ser enviados a países con tortura real.

3-Impacto Psicológico y Social

La incertidumbre genera miedo y desconfianza. También daña la reputación de EE.UU. en derechos humanos.

4-Barreras de Acceso

Las deportaciones aceleradas ya limitan acceso a abogados. Con menos supervisión judicial, la barrera crece.

 

CONCLUSIÓN

CONCLUSIÓN

Las prácticas de DHS generaron peligros reales, como mostró el caso de O.C.G. A pesar de la prohibición de regresar a Guatemala, fue enviado en secreto por México. Allí lo secuestraron y golpearon. Otros enviados a Sudán del Sur enfrentaron riesgos mortales. Los traslados a Libia implicaban amenazas iguales en un país devastado por guerra y tortura.

La restricción de la Corte Suprema al poder de cortes menores no es simple técnica. Afecta directamente la seguridad y vida de los solicitantes. El caso DHS v. D.V.D. demuestra cómo se debilitó la garantía de no devolución. El resultado deja más vulnerables a los solicitantes y erosiona obligaciones internacionales de EE.UU.

PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES 

¿Qué significa esta decisión?

La Corte Suprema aceptó la solicitud del gobierno federal para revocar la decisión del tribunal inferior que había suspendido temporalmente la deportación. Esto significa que el gobierno tiene autoridad para deportar a la persona en cuestión.

¿Qué pasará ahora con esta persona?

Tras la decisión, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede proceder con la deportación de esta persona desde Estados Unidos. Sin embargo, su equipo legal podría buscar otros recursos extraordinarios, aunque ahora las opciones son más limitadas.

¿Cómo afecta esta decisión a otros solicitantes de asilo?

La decisión podría limitar el acceso a la revisión judicial en procedimientos de deportación acelerada y dificultar la posibilidad de que los solicitantes obtengan protección temporal en tribunales federales.

¿Qué sucederá después?

El poder legislativo podría proponer cambios en las leyes migratorias para restablecer o clarificar las garantías de un juicio justo. Mientras tanto, los tribunales inferiores seguirán abordando casos similares, y podrían surgir nuevas batallas legales o aclaraciones adicionales por parte de la Corte Suprema.

REFERENCIAS

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