Abogado Yasin Bilgehan Akalan
Especialista en Derecho Migratorio – Firma Legal Akalan
Aunque las solicitudes de la Tarjeta de Residencia (Green Card) basada en el matrimonio son una de las vías de inmigración más comunes, un divorcio que ocurra durante el proceso puede afectar directamente el resultado de la solicitud. Este artículo explica en detalle en qué etapas el divorcio puede impactar el proceso de la Green Card y qué excepciones pueden aplicarse.
Si el divorcio ocurre después del matrimonio pero antes de presentar la solicitud de la Tarjeta de Residencia, el cónyuge extranjero no adquiere la elegibilidad para la Green Card. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), para solicitar la Residencia Permanente Legal a través del matrimonio, debe existir un matrimonio válido y vigente en el momento de la presentación. Además, el matrimonio debe ser un matrimonio de buena fe.
Requisito de USCIS de un “Matrimonio de Buena Fe”
Un matrimonio de buena fe significa que ambos cónyuges contrajeron matrimonio con la intención genuina de establecer una vida juntos como familia y compartir sus vidas. (Establishing a Bona Fide Marriage-Ing).
Un matrimonio celebrado únicamente con el propósito de obtener una Green Card se considera un matrimonio fraudulento bajo la ley de inmigración. Dichos matrimonios son inválidos y están sujetos a sanciones severas.
USCIS examina cada solicitud de Green Card basada en el matrimonio para determinar si el matrimonio fue contraído de buena fe.
En los casos de divorcio antes de presentar la solicitud, la base de la petición es el “matrimonio válido y en curso” con el ciudadano estadounidense o el residente permanente legal. Si el matrimonio termina en divorcio antes de que se presente la solicitud, el cónyuge extranjero ya no es considerado cónyuge de un ciudadano estadounidense. Por lo tanto, la base legal para presentar una petición de inmigración a través del cónyuge deja de existir.
Este requisito está claramente establecido en el Manual de Políticas de USCIS: En el momento de la presentación debe existir una relación calificada válida (Qualifying Relationship-Ing). Si el matrimonio ha terminado, no se puede presentar la petición porque ya no existe una relación calificada.
Excepción Bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA)
Si la causa del divorcio es abuso o crueldad extrema, el cónyuge víctima puede presentar una petición independiente (self-petition) dentro de los dos años posteriores al divorcio. (Residencia Permanente para Autopeticionario VAWA). Sin embargo, si esta excepción no aplica, el derecho a presentar la solicitud después del divorcio se pierde.
En conclusión, cuando ocurre un divorcio antes de presentar la solicitud de la Green Card basada en el matrimonio, no existe elegibilidad para obtener la Green Card. USCIS exige que haya un “matrimonio válido en el momento de la presentación” para que la solicitud sea aceptada. Una vez que el matrimonio termina por divorcio, la relación calificada se extingue y desaparece la base legal. La única excepción es en los casos de abuso bajo VAWA, lo que permite al cónyuge víctima presentar una petición independiente.
Si el divorcio ocurre después de que se ha presentado la solicitud de la Tarjeta de Residencia, por lo general la Green Card no es concedida. Esto se debe a que la base de la petición deja de existir. En el proceso de la Green Card basada en el matrimonio, el requisito fundamental es que el matrimonio sea válido y esté en curso.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) exige que el matrimonio exista en el momento de presentar la solicitud y continúe hasta que se tome una decisión final. Si el divorcio ocurre antes de que finalice la adjudicación, desaparece la base de la petición —la elegibilidad migratoria a través del cónyuge—. En tal situación, el cónyuge extranjero deja de ser considerado el “cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos”.
Excepciones
En conclusión, En la mayoría de los casos, si el divorcio ocurre después de presentar la solicitud de la Green Card, la solicitud no puede ser aprobada porque la relación matrimonial —la base calificada— ha terminado. No se cumple el requisito legal de que el matrimonio continúe hasta la adjudicación. Sin embargo, bajo las excepciones de abuso (VAWA) o muerte del cónyuge, la solicitud puede continuar.
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Cuando un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente legal presenta una petición de Green Card para su cónyuge extranjero, el peticionario presenta el Formulario I-130 (Petition for Alien Relative). Si esta petición es aprobada, los siguientes pasos dependen de la ubicación del cónyuge:
Sin embargo, si el matrimonio termina entre el momento de la presentación y la entrevista, tanto USCIS como el Departamento de Estado (Department of State) determinan que la petición ha perdido su fundamento. Para que una petición de inmigración basada en el matrimonio sea válida, la relación calificada (Qualifying Relationship-Ing) debe existir en el momento de la presentación y continuar hasta que se tome una decisión final.
Efecto del Divorcio en el Proceso Consular
La entrevista consular ocurre después de la aprobación del Formulario I-130. Si el cónyuge extranjero asiste a la entrevista después del divorcio, ya no calificará bajo la categoría de visa conyugal. Esto se debe a que ya no existe el estatus de ser el “cónyuge de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal”.
Excepciones
En conclusión, si el divorcio ocurre antes de la entrevista consular, el cónyuge extranjero generalmente pierde la elegibilidad para la Green Card, salvo en los casos de excepción por abuso (VAWA) o por fallecimiento del cónyuge.
Si un cónyuge extranjero se casa con un ciudadano de los Estados Unidos o un residente permanente legal, presenta una solicitud para la Tarjeta de Residencia y el matrimonio tiene menos de dos años al momento de la aprobación, USCIS concede una Tarjeta de Residencia Condicional de dos años.
Noventa (90) días antes de que expire la Tarjeta de Residencia Condicional, el cónyuge extranjero debe presentar ante USCIS el Formulario I-751, Petition to Remove Conditions on Residence. El Formulario I-751 normalmente debe ser presentado de manera conjunta por el titular de la Green Card condicional y el cónyuge ciudadano estadounidense. El propósito es demostrar que el matrimonio no fue fraudulento y que fue celebrado de buena fe, con la intención genuina de establecer una familia. (Establishing a Bona Fide Marriage-Ing)
Una vez aprobado, la Tarjeta de Residencia Condicional de dos años es reemplazada por una Tarjeta de Residencia Permanente de diez años.
Excepciones
Si el matrimonio ha terminado debido a divorcio, fallecimiento del cónyuge ciudadano estadounidense o abuso bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA), el cónyuge extranjero puede presentar el Formulario I-751 con una solicitud de exención (waiver request). En tales casos, el solicitante también debe presentar documentación que explique por qué no se pudo presentar la petición conjunta.
Un titular de una Green Card condicional que se haya divorciado de un cónyuge ciudadano estadounidense aún puede solicitar de manera independiente la Tarjeta de Residencia Permanente de diez años si se cumplen ciertas condiciones:
Si estas condiciones se demuestran, USCIS permite una exención por matrimonio de buena fe (Good Faith Marriage -Divorce-Ing)
El motivo del divorcio no es relevante. USCIS no evalúa de quién fue la culpa en el divorcio, sino que revisa la intención al inicio del matrimonio. Lo importante es que el matrimonio no haya sido celebrado únicamente con fines de obtener beneficios migratorios.
Si el titular de la Green Card está divorciado, no puede presentar una petición conjunta. En ese caso, el solicitante puede presentar una petición de exención mediante el Formulario I-751.
En conclusión,Si el matrimonio termina antes de que la Green Card condicional sea convertida en una Green Card permanente, el proceso no concluye automáticamente. El cónyuge extranjero puede continuar de manera independiente presentando el Formulario I-751 con una exención por matrimonio de buena fe y aportando pruebas de que el matrimonio fue real. Si USCIS determina que el matrimonio fue genuino, la aprobación de la Tarjeta de Residencia de diez años es posible, incluso si el matrimonio fue breve.
a) Si el matrimonio continúa: Ambos cónyuges presentan una petición conjunta (Formulario I-751).
b) Si ocurrió un divorcio: El solicitante presenta de manera independiente con una solicitud de exención. USCIS acepta la “exención por matrimonio de buena fe”, pero el solicitante debe demostrar de manera independiente que el matrimonio fue legítimo. (Eliminación de Condiciones)
c) Si ocurrió abuso (VAWA) o la muerte del cónyuge: El solicitante también puede presentar de manera independiente bajo estas excepciones.
Si el matrimonio tenía más de dos años al momento de la aprobación de la Green Card, el cónyuge extranjero recibe una Tarjeta de Residencia Permanente de diez años. Esta tarjeta es “incondicional”, lo que significa que USCIS no exige una revisión adicional sobre la validez del matrimonio.
En general, los residentes permanentes legales pueden solicitar la naturalización presentando el Formulario N-400 (Application for Naturalization) después de cinco años de residencia continua.
a) Excepción Basada en el Matrimonio: Si el cónyuge extranjero está casado y viviendo en unión matrimonial con un ciudadano de los Estados Unidos, puede solicitar la naturalización después de tres años de residencia continua.
b) Divorcio: Si ocurre un divorcio antes de completar los tres años, la “excepción de tres años basada en el matrimonio” deja de aplicarse. En ese caso, el solicitante debe cumplir con el requisito general de cinco años para poder solicitar la naturalización.
c)Divorcio Durante el Proceso de Naturalización
Como se explicó anteriormente, los titulares de la Green Card pueden solicitar la ciudadanía estadounidense (Formulario N-400) después de cinco años de residencia continua.
Sin embargo, los extranjeros que obtuvieron su Green Card a través del matrimonio con un ciudadano estadounidense pueden solicitarla después de tres años, siempre que sigan casados y viviendo en unión matrimonial con su cónyuge ciudadano estadounidense (Married and Living in Marital Union-Ing)
aa) Divorcio
Si el cónyuge extranjero se divorcia antes de completar el período de tres años, el estatus de “cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos” termina. En este caso, la regla de presentación anticipada de tres años deja de aplicarse, y el solicitante debe esperar hasta completar el requisito de cinco años de residencia. El período de cinco años se calcula a partir de la fecha en que se concedió la Green Card.
bb) Excepción – Abuso (VAWA)
Si el divorcio ocurrió debido a abuso o crueldad extrema, el cónyuge víctima aún puede presentar la solicitud bajo las disposiciones de la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA). En este caso, el solicitante puede mantener la elegibilidad para la regla de los tres años a pesar del divorcio.
El divorcio a menudo resulta en la pérdida de elegibilidad durante el proceso de la Green Card y de la naturalización. La petición puede ser denegada, o el plazo para obtener la ciudadanía puede extenderse. Sin embargo, excepciones como el abuso bajo VAWA, la muerte del cónyuge o la presentación de documentación suficiente que pruebe que el matrimonio fue de buena fe pueden preservar la elegibilidad.
Por lo tanto, en cada etapa, deben evaluarse cuidadosamente la naturaleza del matrimonio, el estatus de la solicitud y las excepciones aplicables.
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