Un Tribunal Federal de Rhode Island Anula la Suspensión de USCIS Lo Que Significa para Tu Proceso de Inmigración

Un Tribunal Federal de Rhode Island Anula la Suspensión de USCIS: Lo Que Significa para Tu Proceso de Inmigración
◆ Guía Legal · Derecho de Inmigración
Edificio del tribunal federal, documentos de USCIS, mazo judicial y balanza de justicia que representan la decisión que anuló la Congelación de USCIS.

Un tribunal federal de Rhode Island anula la suspensión del procesamiento de trámites migratorios de USCIS, en un fallo que podría afectar a los solicitantes de asilo, tarjetas de residencia (Green Cards), permisos de trabajo y naturalización.

📅 3 de julio de 2026 🕒 15 min de lectura 📋 Análisis Legal Experto

▸ Resumen Ejecutivo

Un tribunal federal de Rhode Island ha anulado la suspensión del procesamiento de trámites migratorios por parte de USCIS, lo que podría beneficiar a solicitantes de asilo, tarjetas de residencia, permisos de trabajo y naturalización. La decisión afecta a las políticas de USCIS que suspendían indefinidamente las solicitudes de beneficios migratorios de ciudadanos de 39 países. USCIS ya no puede mantener estas solicitudes pendientes indefinidamente.

Yasin Bilgehan Akalan

Abogado

Experto en Derecho de Inmigración – Akalan Law Firm

Un tribunal federal de Rhode Island anula la suspensión del procesamiento de trámites migratorios de USCIS, en un fallo que podría afectar a los solicitantes de asilo, tarjetas de residencia (Green Cards), permisos de trabajo y naturalización.

La decisión del tribunal federal puede beneficiar a:

  • Personas cuyos casos de asilo fueron suspendidos.
  • Solicitantes cuyas solicitudes de Green Card, permiso de trabajo (Employment Authorization Document – EAD) o ciudadanía estadounidense fueron detenidas.
  • Personas cuyos beneficios migratorios previamente aprobados fueron sometidos a una revisión adicional.
  • Solicitantes que fueron considerados automáticamente como un factor discrecional negativo únicamente por su nacionalidad.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) había suspendido todas las solicitudes de asilo y congelado las solicitudes de beneficios migratorios presentadas por ciudadanos de 39 países sujetos a las restricciones de viaje. El 5 de junio de 2026, el Tribunal Federal del Distrito de Rhode Island determinó que estas políticas eran contrarias a la ley. La decisión fue emitida en el caso Dorcas International Institute of Rhode Island v. USCIS.

Las Dos Políticas Migratorias que Restringían los Trámites de Inmigración

Con el objetivo de restringir la inmigración, el gobierno federal implementó dos políticas distintas, cada una dirigida a diferentes grupos de inmigrantes.

1. Suspensión del Procesamiento de Visas de Inmigrante para 75 Países

El Departamento de Estado de los Estados Unidos suspendió el procesamiento de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países.

Esta medida afectó principalmente a las personas que se encontraban fuera de Estados Unidos esperando la emisión de una visa de inmigrante en una embajada o consulado estadounidense.

La suspensión se justificó por motivos relacionados con la regla de public charge (carga pública) y otras consideraciones económicas.

2. Suspensión de Beneficios Migratorios de USCIS para Nacionales de 39 Países

La segunda política afectó a las personas que ya se encontraban dentro de Estados Unidos.

Bajo esta política, USCIS suspendió de manera indefinida las solicitudes de beneficios migratorios presentadas por ciudadanos de 39 países, alegando procesos de administrative processing, razones de seguridad nacional y las restricciones de viaje.

La medida impactó principalmente a quienes esperaban:

  • Un Ajuste de Estatus (Formulario I-485).
  • Un permiso de trabajo (Employment Authorization Document – EAD).
  • Otros beneficios migratorios tramitados por USCIS dentro de Estados Unidos.

¿Qué Alcance Tiene la Decisión del Tribunal Federal de Rhode Island?

La decisión del tribunal se refiere únicamente a la segunda política, es decir, a la práctica de USCIS de suspender indefinidamente las solicitudes de beneficios migratorios de ciudadanos de los 39 países incluidos en las restricciones.

Antes del fallo judicial, USCIS aplicaba las siguientes políticas:

Política de Suspensión de Beneficios Migratorios

Si una persona era ciudadana de uno de los 39 países designados y había solicitado una Green Card, un permiso de trabajo (EAD) o la ciudadanía estadounidense, USCIS mantenía su caso en suspensión por tiempo indefinido.

La agencia no aprobaba ni rechazaba la solicitud; simplemente dejaba el expediente pendiente sin emitir una decisión.

Con esta decisión judicial, USCIS ya no puede suspender indefinidamente las solicitudes de Ajuste de Estatus (Formulario I-485) ni los permisos de trabajo (EAD) únicamente debido a la nacionalidad del solicitante.

Política de Suspensión Global de Solicitudes de Asilo

USCIS también había suspendido la evaluación de todas las solicitudes de asilo, sin importar el país de origen del solicitante.

El tribunal determinó que USCIS no puede imponer una suspensión generalizada del procesamiento de solicitudes de asilo ni congelar todos los casos pendientes de manera indiscriminada.

Política de Revisión Integral

Bajo la Política de Revisión Integral (Comprehensive Re-Review), USCIS volvía a examinar las solicitudes de beneficios migratorios que ya habían sido aprobadas a partir del 20 de enero de 2021, durante la administración Biden, cuando el solicitante era ciudadano de uno de los países designados.

Ni siquiera las solicitudes previamente aprobadas se consideraban definitivas. Las personas que ya habían obtenido una Green Card, un permiso de trabajo (Employment Authorization Document – EAD) u otro beneficio migratorio después del 20 de enero de 2021 podían ver sus expedientes reabiertos y revisados nuevamente por USCIS.

Con la decisión del tribunal federal, USCIS ya no puede reabrir de manera generalizada expedientes previamente aprobados bajo esta política.

Política de Factores Específicos por País

USCIS también aplicaba una política según la cual los ciudadanos de cualquiera de los 39 países designados eran considerados automáticamente como un factor discrecional negativo de gran importancia, incluso cuando su expediente migratorio no presentaba ningún otro problema.

El tribunal determinó que USCIS no puede considerar la nacionalidad de una persona como un factor negativo únicamente por el país de donde proviene.

¿Por Qué el Tribunal Declaró Ilegales Estas Políticas de USCIS?

El tribunal concluyó que estas políticas violaban tanto la Ley de Procedimiento Administrativo (Administrative Procedure Act – APA) como la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act – INA).

Según la decisión judicial, la legislación migratoria federal obliga a USCIS a adjudicar las solicitudes de beneficios migratorios, es decir, emitir una decisión aprobando o negando cada solicitud.

Por ello, USCIS no tiene autoridad legal para mantener solicitudes pendientes de manera indefinida sin resolverlas.

Países con restricciones

Los 39 Países Afectados por la Suspensión de Trámites Migratorios de USCIS

Países Sujetos a Restricciones Totales (19)

  • Afganistán
  • Burkina Faso
  • Myanmar (Birmania)
  • Chad
  • Guinea Ecuatorial
  • Eritrea
  • Haití
  • Irán
  • Laos
  • Libia
  • Malí
  • Níger
  • República del Congo
  • Sierra Leona
  • Somalia
  • Sudán del Sur
  • Sudán
  • Siria
  • Yemen

También quedaron comprendidas las personas que viajaban con documentos de viaje emitidos o autorizados por la Autoridad Palestina.

Países Sujetos a Restricciones Parciales (20)

  • Angola
  • Antigua y Barbuda
  • Benín
  • Burundi
  • Costa de Marfil (Côte d'Ivoire)
  • Cuba
  • Dominica
  • Gabón
  • Gambia
  • Malaui
  • Mauritania
  • Nigeria
  • Senegal
  • Tanzania
  • Togo
  • Tonga
  • Turkmenistán (únicamente para visas de inmigrante)
  • Venezuela
  • Zambia
  • Zimbabue

¿Cuál es la Diferencia entre la Lista de 39 Países y la de 75 Países?

La lista de 39 países utilizada por USCIS para suspender beneficios migratorios no es la misma que la lista de 75 países afectada por la suspensión del procesamiento de visas de inmigrante.

Ambas listas coinciden solo parcialmente:

  • 23 países aparecen en ambas listas.
  • 16 países aparecen únicamente en la lista de 39 países.
  • 52 países aparecen exclusivamente en la lista de 75 países cuyos trámites de visas de inmigrante fueron suspendidos.

Antecedentes de Estas Políticas Migratorias

Estas políticas comenzaron a aplicarse después de un ataque ocurrido en Washington, D.C., en diciembre de 2025, en el que murieron dos integrantes de la Guardia Nacional.

Según la información oficial, la persona responsable del ataque había obtenido asilo en marzo de 2025.

Tras ese incidente, el gobierno implementó una prohibición de viaje para 19 países en junio de 2025. Posteriormente, en diciembre de 2025, la medida se amplió a 39 países, y USCIS comenzó a aplicar las políticas de suspensión de beneficios migratorios basadas en esa lista.

Situación Actual: El Caso Continúa en Apelación

La decisión del Tribunal Federal del Distrito de Rhode Island aún no es definitiva.

El 12 de junio de 2026, USCIS presentó una apelación ante la Corte de Apelaciones del Primer Circuito de los Estados Unidos (Caso No. 26-1703). Mientras la apelación está en curso, el gobierno federal también solicitó que se suspendan temporalmente los efectos de la decisión del tribunal de primera instancia, hasta que la corte de apelaciones emita una resolución.

Estado Actual del Procesamiento de Casos por USCIS

Hasta el momento:

  • USCIS anunció que está cumpliendo con la decisión judicial y que dejó sin efecto las cuatro políticas de suspensión de beneficios migratorios.
  • Las solicitudes que habían sido suspendidas, incluidas las Formas I-130, I-485, N-400, I-589 e I-765, han vuelto a procesarse.
  • Si la Corte de Apelaciones del Primer Circuito concede la suspensión solicitada por el gobierno, USCIS podría volver a aplicar temporalmente estas políticas mientras continúa el proceso de apelación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la suspensión del procesamiento de solicitudes de inmigración por parte de USCIS? +
La suspensión del procesamiento de USCIS fue una política que detuvo temporalmente el trámite de ciertas solicitudes de inmigración, incluidas las solicitudes de residencia permanente (Green Card), permisos de trabajo (EAD), asilo y naturalización.
¿Quiénes están afectados por la decisión del tribunal federal de Rhode Island? +
La decisión del tribunal puede afectar a las personas cuyas solicitudes de inmigración fueron retrasadas debido a la suspensión del procesamiento por parte de USCIS. Esto incluye a algunos solicitantes de asilo, Ajuste de Estatus (Green Card), Documentos de Autorización de Empleo (EAD) y ciudadanía estadounidense. También puede afectar a personas cuyos beneficios migratorios previamente aprobados fueron reabiertos para una revisión adicional.
¿USCIS volverá a procesar mi solicitud de Green Card? +
Si su solicitud de Ajuste de Estatus (Formulario I-485) fue suspendida debido a las políticas de USCIS que ahora han sido invalidadas, es posible que su caso vuelva a avanzar. USCIS ha informado que está cumpliendo con la orden del tribunal. Sin embargo, debido a que el gobierno apeló la decisión, futuros acontecimientos podrían afectar el procesamiento.
¿Esta decisión afecta las solicitudes de asilo? +
Sí. El tribunal federal determinó que USCIS no puede suspender todas las solicitudes de asilo sin revisar cada caso de manera individual. Si su solicitud de asilo fue retrasada debido a esta política de suspensión general, USCIS ahora puede continuar procesando su caso.
¿USCIS todavía puede retrasar mi solicitud de permiso de trabajo? +
USCIS debe continuar revisando las solicitudes de permiso de trabajo (Formulario I-765) conforme a la ley. El tribunal concluyó que la agencia no puede dejar solicitudes pendientes indefinidamente únicamente porque el solicitante provenga de uno de los países designados. Sin embargo, los tiempos normales de procesamiento y las solicitudes de evidencia adicional siguen siendo aplicables.
¿Esta decisión judicial aplica a todos los inmigrantes? +
No. La decisión solo afecta determinadas políticas de USCIS que retrasaban solicitudes de beneficios migratorios presentadas dentro de Estados Unidos. No modifica automáticamente todos los casos de inmigración ni aplica a todos los solicitantes. Si la decisión afecta su caso dependerá de sus circunstancias particulares.
¿Esta decisión pone fin a la prohibición de viajar? +
No. La decisión del tribunal federal de Rhode Island no elimina las restricciones de viaje ni la suspensión independiente del procesamiento de visas de inmigrante impuesta por el Departamento de Estado para ciertos países. La decisión únicamente aborda las políticas de USCIS relacionadas con solicitudes de beneficios migratorios procesadas dentro de Estados Unidos.
¿La decisión del tribunal federal de Rhode Island es definitiva? +
Todavía no. El gobierno federal apeló la decisión y el caso actualmente está pendiente ante la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos. Aunque USCIS ha anunciado que está cumpliendo con la decisión del tribunal de distrito por el momento, la situación legal podría cambiar dependiendo del resultado de la apelación.

Conclusión

La decisión emitida el 5 de junio de 2026 por el Tribunal Federal del Distrito de Rhode Island anuló cuatro políticas administrativas de USCIS que permitían suspender indefinidamente las solicitudes de Green Card, permiso de trabajo (Employment Authorization Document – EAD), ciudadanía, asilo y otros beneficios migratorios presentadas por ciudadanos de determinados países.

Es importante destacar que esta decisión únicamente afecta las solicitudes de beneficios migratorios presentadas dentro de Estados Unidos y procesadas por USCIS. El tribunal concluyó que la agencia no puede mantener estas solicitudes pendientes indefinidamente bajo las políticas impugnadas.

La decisión representa un avance importante para cientos de miles de solicitantes afectados. Sin embargo, el proceso judicial aún continúa, y la decisión final dependerá de lo que resuelva la Corte de Apelaciones del Primer Circuito.

También es importante aclarar lo que esta decisión no cambia.

El fallo no elimina las restricciones de viaje impuestas por la administración Trump para el ingreso a Estados Unidos desde el extranjero. Tampoco afecta la suspensión del procesamiento de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países aplicada por el Departamento de Estado en embajadas y consulados estadounidenses en el exterior. Esas restricciones continúan vigentes bajo un marco legal diferente.

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Si tiene preguntas sobre estos recientes cambios en la ley de inmigración de Estados Unidos, o cree que esta decisión judicial puede afectar su solicitud de Green Card, asilo, permiso de trabajo o ciudadanía, nuestro equipo está listo para ayudarle.

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Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. La ley de inmigración es compleja y específica según los hechos. Consulte a un abogado de inmigración autorizado sobre sus circunstancias individuales.

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